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Artículo 1 de la Ley 7.997

Declara incluido en los beneficios del articulo 1.° de la ley n.° 7,717 a don armando urzua l.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25716 / 5965513.

Texto oficial

"Artículo 1.° Declárase incluído en beneficios del artículo 1.° de la ley N.° 7,717, de 29 de Octubre de 1943, al Capitán don Armando Urzúa Lavin.