Texto oficial
Artículo 2.° Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Aclara la ley n.° 6,719, sobre emprestito a la municipalidad de frutillar
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25718 / 5965518.