Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 8.011 · Aclara la ley n.° 6,719, sobre emprestito a la municipalidad de frutillar

Aclara la ley n.° 6,719, sobre emprestito a la municipalidad de frutillar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25718 / 5965518.

Texto oficial

Artículo 2.° Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".