Texto oficial
Artículo 5.° Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente al cuerpo de bomberos de ñuñoa el dominio de terrenos fiscales que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25723 / 5965539.