Texto oficial
Cuarto: Lo dispuesto en la letra h) del artículo 7º de la presente ley sólo entrará en vigencia cuando se produzca la vacancia del cargo por promoción u otra causa de la persona que actualmente lo sirve.
Fija nuevos sueldos al personal judicial, modifica el código orgánico de tribunales y la ley de timbres, estampillas y papel sellado y deroga diversas disposiciones contempladas en las leyes que se indican
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25757 / 7171945.