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Artículo 1 de la Ley 4.023 · Lei numero 4,023

Lei numero 4,023

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257619 / 7335773.

Texto oficial

Artículo 1.o Solo se podrá trasportar ganado por el territorio de la República mediante la guia de tránsito que establece la presente lei.