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Artículo 6 de la Ley 9.320

Fija planta para el personal dependiente del ministerio de educacion publica, que gozara del sueldo base anual que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257623 / 7335799.

Texto oficial

Artículo 6.o.- Los profesores de Enseñanza Secundaria Profesional, Normal y, en general, los profesores remunerados por horas de clases, podrán servir hasta 36 horas semanales.