Saltar al contenido

Artículo 9 de la Ley 8.283 · Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25767 / 8830083.

Texto oficial

Artículo 9° La gratificación de línea del 50 %, establecida en el artículo 5° de la Ley 6,526, de 31 de enero de 1940, para el personal de ambulantes de Correos y Telégrafos, se pagará a base de los sueldos fijados a este personal en la presente ley. Esta gratificación estará afecta a los descuentos de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y se considerará como sueldo para todos los efectos legales.