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Artículo 13 de la Ley 8.283 · Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25767 / 8830087.

Texto oficial

Artículo 13. Los mensajeros que prestan sus servicios en la Oficina de Telégrafos del Palacio de la Moneda percibirán la remuneración correspondiente al grado en que se encuentran asimilados.