Saltar al contenido

Artículo 12 de la Ley 8.283 · Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25767 / 8830086.

Texto oficial

Artículo 12. Los descuentos para el Fondo de Seguro Social de Empleados Públicos y las imposiciones para la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, se efectuarán sobre la base de los sueldos de asimilación a que se refieren los artículos 9° y 10 de la presente ley, para los empleados comprendidos en dichos artículos.