Saltar al contenido

Artículo 17 de la Ley 8.284 · Fija el arancel consular

Fija el arancel consular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25768 / 7171974.

Texto oficial

Artículo 17.o Constando la pobreza del chileno que reclame la intervención del Cónsul, se le eximirá del pago de derechos.