Texto oficial
Art. Final. Esta Ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.".
Autoriza al presidente de la república para que suscriba acciones de la sociedad anonima denominada sociedad constructora de establecimientos educacionales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257739 / 9005684.