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Artículo 4 transitorio de la Ley 5.989

Autoriza al presidente de la república para que suscriba acciones de la sociedad anonima denominada sociedad constructora de establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257739 / 9005683.

Texto oficial

Art. 4.o Los gastos que demande la organización e instalación de la Sociedad se cargarán a los fondos de la misma Sociedad.