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Artículo 2 de la Ley 6.292

Autoriza al presidente de la república para enajenar en publica subasta los predios y propiedades fiscales que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257740 / 7335905.

Texto oficial

Artículo 2.o El producto de la venta de los predios ubicados en las comunas de San Felipe, Santa María y San Esteban, será destinado a incrementar los fondos necesarios para adquirir un bien raíz destinado al Regimiento de Infantería N.o 3 "Yungay" del Coronel Nicolás Maruri, cuyo precio no podrá ser superior a $ 320,000 y el de la venta de la propiedad en Avenida Beaucheff N.o 1438, de Santiago, deberá ser invertido en la prosecución de las obras de construcción del Cuartel de Melipilla.