Texto oficial
Art. 29. (31) Establécese un impuesto de 13%, que se determinará, recaudará y pagará anualmente sobre la renta líquida imponible derivada del ejercicio de la minería y de la metalurgia.
Fija el texto refundido de la ley sobre impuesto a la renta
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25776 / 8872806.