Saltar al contenido

Artículo 42 de la Ley 8.419 · Fija el texto refundido de la ley sobre impuesto a la renta

Fija el texto refundido de la ley sobre impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25776 / 8872826.

Texto oficial

Art. 42. (44) Todas las personas sujetas al impuesto de esta categoría podrán deducir de la renta imponible la suma de doce mil pesos al año.