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Artículo 41 de la Ley 8.419 · Fija el texto refundido de la ley sobre impuesto a la renta

Fija el texto refundido de la ley sobre impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25776 / 8872825.

Texto oficial

Art. 41. (43) Este mismo impuesto se aplicará también: a) A los socios y aparceros de la industria agrícola que no aportan capital, sino su trabajo personal; b) A las pensiones y montepíos de cualquiera naturaleza que fueren; c) A las rentas de las personas indicadas en el artículo 24, y d) A las rentas de agentes de Compañías de Seguros.