Autoriza a la municipalidad de la cruz contratar emprestito hasta por $ 1.500.000, con el fin de adquirir un predio, cuyos limites y superficie señala, para construccion de edificios municipales, plaza, calles y avenidas.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25780 / 9043014.
Texto oficial
Artículo 9° La Municipalidad deberá publicar en la
primera quincena del mes de enero de cada año, en un diario
o periódico de la localidad, un estado del servicio del
empréstito y de las sumas invertidas en conformidad al
artículo 2°.