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Artículo 4 del Decreto 255

Reglamenta programa de protección del patrimonio familiar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257828 / 8547294.

Texto oficial

Artículo 4°.- El presente Reglamento contempla tres clases de subsidio, según el tipo de obras de que se trate: - Título I: Equipamiento Comunitario y/o Mejoramiento del Entorno; - Título II: Mejoramiento de la Vivienda, y - Título III: Ampliación de la Vivienda. Estos subsidios se otorgarán por una sola vez y estarán destinados a financiar las obras incluidas en los respectivos proyectos, salvo el subsidio para Proyectos de Mejoramiento de Espacios Públicos y para Proyectos de Construcción o Mejoramiento de Inmuebles destinados a Equipamiento Comunitario, a que se refieren los puntos a.1) y a.2) de la letra a) del artículo 5° de este reglamento, siempre que la nueva postulación no corresponda a proyectos a desarrollarse en el mismo espacio público o en el mismo equipamiento comunitario.