Texto oficial
Artículo 3.o Los representantes del Congreso en los organismos señalados en el artículo 1.o de esta ley, terminarán sus funciones juntamente con el término del período parlamentario de la Cámara de Diputados.
Dispone que el senado y la camara de diputados tendran dos representantes en la junta central de beneficencia publica y en cada consejo de organismos fiscales, de administración autonoma o semifiscales
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