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Ley 8.745

Reemplaza el inciso 1° del articulo 1° y modifica la letra a) del 8° de la ley 6,275, de 28 de septiembre de 1938, que autoriza al fisco, a la municipalidad de valdivia y a la empresa de los ferrocarriles del estado para construir un hotel de turismo en esa ciudad y fija el capital de la sociedad prorroga el plazo para cumplir la obligacion impuesta a la empresa mencionada por el articulo 4° de la misma ley eleva a dos millones de pesos la autorizacion concedida a la municipalidad de valdivia, por el articulo 7° de la ley 6,275, citada

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25799

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Artículos

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