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Artículo 36 del Decreto Con Fuerza de Ley 169

Fija disposiciones por las que se regira la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258068 / 7336574.

Texto oficial

Artículo 36.o En el proyecto de presupuesto fiscal de cada año, deberán consultarse en favor de la Empresa, los fondos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones de cargo fiscal para con la Empresa, previo envío oportuno de los antecedentes que justifiquen tales obligaciones.