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Artículo 4 de la Ley 8.816 · Complementa la ley n.o 8,143, orgánica de la caja de credito

Complementa la ley n.o 8,143, orgánica de la caja de credito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25820 / 5965987.

Texto oficial

"Artículo 4.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".