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Artículo 32 del Decreto Con Fuerza de Ley 235

Aprueba la organización de los servicios agua potable y alcantarillado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258265 / 8375302.

Texto oficial

Art. 32. El balance de las Empresas Particulares será sometido anualmente al conocimiento de la Administración General de los Servicios y a la aprobación de la Contraloría General de la República.