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Artículo 3 de la Ley 8.828

Complementa la ley n° 8,737, que confiere personalidad juridica a la editorial juridica de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25830 / 7172192.

Texto oficial

Artículo 3°.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".