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Artículo 2 de la Ley 8.834

Declara exentas de los impuestos sobre la renta de tercera categoria, global complementario y demás impuestos que menciona a las instituciones deportivas con personalidad juridica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25835 / 8516714.

Texto oficial

Artículo 2.o Las entradas a espectáculos públicos deportivos que ofrezcan las instituciones a que se refiere el artículo anterior estarán exentas del impuesto que establece la letra a) del artículo 2.o de la ley N.o 5,172.