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Artículo 2 de la Ley 8.861

Fija sueldos al poder judicial, modifica el código orgánico de tribunales y la ley de timbres, estampillas y papel sellado y complementa las leyes n.os 7,459 y 7,539

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25845 / 9794340.

Texto oficial

Artículo 2.o El Personal de los Juzgados Especiales de Menores de Santiago y Valparaíso, gozará de los sueldos anuales que a continuación se indican: Oficial $ 72.000 Escribientes y Receptor Visitador 60.000 Escribientes2.os Juzgado de Valparaíso 48.000 Inspectores para niños 36.000 Oficiales de Sala 30.000