Texto oficial
Artículo 4.o Los Defensores Públicos de Santiago, en actual servicio, gozarán del sueldo, rango y categoría de Jueces Letrados de Mayor Cuantía de asiento de Corte de Apelaciones".
Fija sueldos al poder judicial, modifica el código orgánico de tribunales y la ley de timbres, estampillas y papel sellado y complementa las leyes n.os 7,459 y 7,539
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25845 / 9794354.