Texto oficial
Art. 12. Un reglamento especial dictado por el Director fijará las normas para el ingreso y los ascensos del personal a contrata.
Establece las disposiciones por que se regira la empresa de los ferrocarriles del estado.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258888 / 7337433.