Texto oficial
Artículo 4.o La Tesorería General de la República entregará a la Dirección de Pavimentación Urbana la cantidad de trece millones de pesos, con cargo a los ingresos que produzca la ley N.o 9,938, a fin de que ésta proceda a dar por cancelada todas las cuentas de pavimentación que se formularon con motivo de las obras de ensanche y pavimentación de la Gran Avenida, en el sector comprendido entre la línea del Ferrocarril de Circunvalación y la Avenida del Departamento, dentro de la comuna de San Miguel.
Asimismo, la expresada Dirección procederá a devolver el valor de las cuentas o dividendos que hayan sido cancelados por los vecinos y abonará a los "Recursos de Pavimentación" de la comuna de San Miguel las sumas que se hubieren cargado por las cuentas que se formularon por la parte de las obras no cobradas a los vecinos.