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Artículo 20 de la Ley 8.390 · Aumenta el sueldo base anual del personal dependiente del ministerio de educacion publica

Aumenta el sueldo base anual del personal dependiente del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 258932 · idParte: 7337693

Texto oficial

Artículo 20. Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial; pero los aumentos de remuneración establecidos por ella se harán efectivos a partir desde el 1.o de Julio de 1945.