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Artículo 4 de la Ley 8.937 · Fija la planta del servicio de correos y telegrafos

Fija la planta del servicio de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258942 / 7337731.

Texto oficial

Artículo 4.o Reemplázase el artículo 21.o de la ley N.o 7,392, de 21 de Diciembre de 1942, en la parte que dice: "diez mil pesos", por "veinte mil pesos".