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Artículo 3 de la Ley 8.282 · Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado

Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258959 / 8844162.

Texto oficial

PARRAFO II.- CLASIFICACION DE EMPLEOS Y EMPLEADOS Artículo 3.o- Los empleos de la Administración Pública son de planta o a contrata a) Son empleados de planta aquellos que sirven cargos que tengan calidad de permanencia y correspondan a la organización estable de un Servicio. Conservan esta denominación los empleados que ocupen cargos incluidos en la planta suplementaria de cualquier repartición pública. b) Son empleados a contrata aquellos que sirven cargos que tengan calidad de transitorios y que, por lo tanto, no forman parte de la planta de un Servicio.