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Artículo 26 de la Ley 8.282 · Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado

Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258959 / 8844185.

Texto oficial

Artículo 26.- Los Jefes de Servicio podrán autorizar, por resolución escrita, que la asignación familiar se pague directamente a un causante o a la persona que tenga a su cargo el menor.