Texto oficial
Artículo 106.- El término del período legal por el cual fue nombrado el funcionario, o el cumplimiento del plazo por el cual fue contratado, produce la inmediata expiración de sus funciones.
Con todo, el empleado continuará ejerciéndolas con todos los derechos y prerrogativas de los funcionarios en servicio activo si fuere previamente notificado por escrito de encontrarse en tramitación el decreto o resolución que renueva su nombramiento o contrato.