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Artículo 11 de la Ley 9.645 · Fija nueva escala de sueldos bases para el personal de carabineros de chile

Fija nueva escala de sueldos bases para el personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258961 / 8375369.

Texto oficial

Artículo 11. Substitúyese en el primer inciso del artículo 10 de la ley N.o 8,766, la frase: "Los Oficiales Generales de Carabineros y los de empleos equivalentes", por la siguiente: "Los Generales y Coroneles de Carabineros y funcionarios de grados equivalentes".