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Artículo 12 de la Ley 9.645 · Fija nueva escala de sueldos bases para el personal de carabineros de chile

Fija nueva escala de sueldos bases para el personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258961 / 8375370.

Texto oficial

Artículo 12. Los Jefes de Carabineros que pasaron a desempeñarse en Investigaciones y que jubilaron como Directores Generales del Servicio antes de que éste dejara de depender de la Dirección General de Carabineros, tendrán derecho a reliquidar sus pensiones de retiro, por una sola vez, de acuerdo con el sueldo asignado actualmente por las leyes en vigor al cargo de Director General de Investigaciones.