Saltar al contenido

Artículo 6 de la Ley 9.687

Aprueba planta para el personal de la contraloría general de la república y adopta las medidas que indica en relación con dicho servicio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258962 / 7337803.

Texto oficial

Artículo 6.o Las facultades y obligaciones que el decreto ley N.o 258, de 22 de Julio de 1932, orgánico de la Contraloría General de la República, y el D.F.L. N.o 935, de 20 de Abril de 1933, reglamentario del anterior, señalan para el Jefe del Subdepartamento de Registro, se hacen extensivas al Subjefe de Registro, que se crea por el artículo 8.o de esta ley, en las materias que el Contralor General indique por resolución, conservando el Jefe de Registro la supervigilancia del Subdepartamento. El cargo de Subjefe de Registro deberá ser desempeñado por abogado.