Texto oficial
Artículo 4.o Autorízase al Presidente de la República para que en el presente año pueda hacer traspasos de los saldos existentes del presente año y de años anteriores, correspondientes a obras públicas, aunque pertenezcan a distintos Departamentos de la Dirección General de Obras Públicas, para los efectos de proseguir los trabajos en ejecución.
Estos traspasos sólo podrán decretarse previa certificación de la Dirección General de Obras Públicas de no perjudicarse con ellos los trabajos que actualmente se ejecutan.