Saltar al contenido

Ley 9.096

Dispone que el excedente del producto del impuesto establecido en el articulo 1° de la ley 8,093, de 19 de febrero de 1945, sobre fomento de las cooperativas vitivinicolas, despues de atender las obligaciones que señala, sera puesto anualmente por la caja autonoma de amortizacion a disposicion del instituto de economia agricola para los fines que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25912

Índice de normas

Artículos

Esta norma no contiene artículos disponibles en el corpus.