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Artículo 11 de la Ley 9.116

Ordena que el personal de empleados y obreros de las imprentas particulares de obras, etc., quedara afecto al regimen de la seccion periodistica de la caja nacional de empleados publicos y periodistas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25927 / 7172429.

Texto oficial

Artículo 11.- Intercálase en el primero de los artículos del párrafo ("Del Seguro de Vida"), contenidos en el número VIII de artículo 4° de la ley N° 7,790, a continuación de la frase: "o a falta de estos últimos", las palabras "la madre".