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Artículo 1 de la Ley 9.146

Autoriza al presidente de la república para que transfiera gratuitamente a la institucion denominada centro de ex cadetes y oficiales de la armada, con domicilio en santiago, el predio fiscal cuyas dimensiones, ubicacion y limites señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25938 / 5966398.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para que transfiera gratuítamente a la institución denominada "Centro de ex Cadetes y Oficiales de la Armada", con domicilio en Santiago, el dominio de la parte del predio fiscal ubicado en la calle Gálvez, y que hace esquina con las calles Cóndor y San Diego, cuyos deslindes son: Norte, en 90 metros, con propiedad de los señores José Manuel Novoa y Valentín Ibarra; Sur, en 90 metros, con la calle Cóndor; Este, en 19 metros, con la calle San Diego, y Oeste, en 25,6 metros, con terrenos transferidos al Cuerpo de Bomberos de Santiago, inscrito en el Rol de Avalúos de Santiago, a nombre del Fisco, bajo el número 26,981. La transferencia que autoriza el inciso anterior estará exenta del trámite de la insinuación e igualmente del impuesto que establece el número 43 del artículo 7° de la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado.