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Artículo 2 de la Ley 9.146

Autoriza al presidente de la república para que transfiera gratuitamente a la institucion denominada centro de ex cadetes y oficiales de la armada, con domicilio en santiago, el predio fiscal cuyas dimensiones, ubicacion y limites señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25938 / 5966399.

Texto oficial

Artículo 2°.- La presente ley regirá desde a fecha de su publicación en el Diario Oficial.