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Artículo 5 del Decreto 408

Reglamenta la ejecucion de la bonificacion practicas profesionales, educacion media tecnico profesional

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 259396 · idParte: 8564284

Texto oficial

Artículo 5º: Corresponderá a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas la administración de la Bonificación. En el ejercicio de esta función actuará conforme a sus facultades y a las normas que establece el presente decreto, pudiendo especialmente: - establecer los plazos y formatos de postulación a la Bonificación; - asignar y pagar la Bonificación, y - adoptar las medidas y realizar los estudios necesarios para el buen funcionamiento del programa.