Texto oficial
Artículo 4º.- El desarrollo del Programa
"Bonificación Prácticas Profesionales, Educación Media
Técnico Profesional" para el cumplimiento de sus objetivos
podrá realizar todas las actividades necesarias y,
especialmente, las que a continuación se indican, hasta por
un monto de $28.566 miles:
a) Contratación de servicios de asesoría técnica para
la operación de un sistema informativo y de especialistas
para el seguimiento, evaluación e investigación del
impacto y logro de objetivos.
b) Adquisición, elaboración e impresión de recursos
didácticos para el desarrollo de actividades de
información a la comunidad escolar, incluidos sostenedores,
administradores, padres y apoderados.
c) Implementación de jornadas y encuentros para la
difusión del Programa, con el fin de lograr el cumplimiento
del objetivo propuesto.