Texto oficial
Artículo 3°.- Condónanse los impuestos fiscales, intereses penales, sanciones y multas que la Fundación adeude, dentro de sus mismos fines, a la fecha de vigencia de la presente ley.
Ordena que la fundacion educacional y de vivienda obrera bernardo o'higgins, de rancagua, quedara exenta del pago de toda contribucion fiscal por los terrenos y casa que construya en cumplimiento de sus fines
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