Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 9.160

Autoriza a la municipalidad de llay-llay para expropiar los terrenos que indica, en la comuna de ese mismo nombre

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25947 / 8278535.

Texto oficial

Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Llay-LLay, del departamento de Quillota, para expropiar un lote de terrenos ubicados en la comuna de Llay-Llay, de 98.453,51 metros cuadrados de superficie, más o menos, que forman parte de un inmueble de superficie mayor, de propiedad de don Francisco Bouteille Sepúlveda, avaluado en $ 1.527.000, según rol N° 606, inscrito a fojas 319 vuelta, N° 468, del Registro de Propiedad correspondiente al año 1935, del Conservador de Bienes Raíces del departamento de Quillota, y cuyos deslindes son: al Norte, Avenida Balmaceda, fondo de los sitios de la misma y estero de Los Loros; al Sur, línea del ferrocarril de Santiago a Valparaíso; al Oriente, mitad del sitio número 440, desvío del Molino Ucúquer, propiedad de Toledo Rey y Compañía y faja de 9 metros de la Avenida Valenzuela, excluída de la venta, y al Poniente, con la propiedad de la fábrica de productos químicos, Droguerías del Pacífico, antes Daube y Cía. Los deslindes particulares y medidas del lote cuya expropiación se autoriza son: al Norte, en 453,75 metros, con la Avenida Balmaceda, fondo de los sitios de la misma y estero de Los Loros; al Sur, en 431,25 metros, con línea del ferrocarril de Santiago a Valparaíso, o sea, la línea de los Ferrocarriles del Estado de Santiago a Valparaíso, en una parte, y en otra parte, en 61,25 metros, con propiedad de la Cía. Frutera Sud-Americana, antes de Toledo Rey y Compañía; al Oriente, en una parte, en 99,50 metros, con desvío del Molino Ucúquer, en otra, en 72,50 metros, con propiedad de la Compañía Frutera Sud-Americana, antes de Toledo Rey y Compañía, y en otra, en 9 metros, con la calle Arica, y al Poniente, en 262,50 metros, el resto del predio del cual forma parte el lote cuya expropiación se autoriza por la presente ley.