Texto oficial
Artículo 5°.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza a la municipalidad de llay-llay para expropiar los terrenos que indica, en la comuna de ese mismo nombre
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25947 / 8278539.