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Artículo 4 de la Ley 9.160

Autoriza a la municipalidad de llay-llay para expropiar los terrenos que indica, en la comuna de ese mismo nombre

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25947 / 8278538.

Texto oficial

Artículo 4°.- La indemnización que se ajuste con el dueño o dueños o que se determine en los juicios correspondientes será de cargo de la Municipalidad de Llay-LLay.