Texto oficial
Artículo 2°.- La expropiación se llevará a efecto en conformidad a las disposiciones del Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil.
Autoriza expropiacion de terreno formado por parte de la manzana comprendida entre las calles que señala, de la ciudad de arica, para la construccion de un edificio escolar
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25953 / 9074311.