Texto oficial
Artículo 10.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Autoriza a la municipalidad de catemu para contratar, en las condiciones que indica, uno o varios emprestitos hasta por la suma de $ 1.000,000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25958 / 5966492.